Estacionando en pendiente
Posted by Josep Camós en 27/07/2007
Hojeo y ojeo el manual del conductor de la DGT publicado por Pons Editorial y leo aquello de:
Cuando la parada o el estacionamiento de un vehículo de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada, de un autobús o de un conjunto de vehículos, se realice en un lugar con una sensible pendiente, su conductor deberá dejarlo debidamente calzado bien sea por medio de la colocación de calzos, o bien por el apoyo de una de las ruedas directrices en el bordillo de la calzada.

No. Un elemento natural no sirve como calzo. Y además ese Peugeot 205 no tiene una MMA de más de 3,5 toneladas ni es un conjunto de vehículos, a no ser que se ate el cacho de árbol y lo lleve arrastrando como remolque, claro.
Una curiosidad: aunque el Reglamento dice lo que dice, entre la dotación obligatoria de un camión no figuran los calzos. Sí que figura (al menos uno) entre los objetos propios de los vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas. Algo es algo.

TESTER escribió
Ya le dije yo a mi amigo, Patxi el aitzkolari que eso no hacia falta, para aparcar el 205. Perooooo…..
pipistrellum escribió
De la marcha metida no dice nada?
Un dia al (intentar ) abrir el garaje, solo lo hacie unos 30 cm. Mire y el culo estaba pegando al puerta y como era basculante no subia mas.
Mi madre habia apretado poco el freno de mano y lo habia dejado en punto muerto y se ve que se fue desplanzado hacia fuera.
Parece que no, pero hay una leve pendiente que ayuda a sacar el coche empujando, pero hace imposible para una persona volver a meterlo sin arrancarlo.
Menos mal que tenia un ZX si llegamos tener uan furgoneta, no se cuanto tiempo tendria que ayunar para poder entrar
Josep escribió
TESTER: Es que los hay mu brutos.
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Sí, pipistrellum. De la marcha metida se dice lo siguiente, que es aplicable a todo vehículo con caja de cambio de velocidades:
En un vehículo provisto de caja de cambio de velocidades el conductor deberá:Dejar colocada la primera velocidad en pendientes ascendentes.
Dejar colocada la marcha atrás en pendientes descendentes.
Dejar colocada la posición de estacionamiento, tanto en pendientes ascendentes como descendentes, si el vehículo está provisto de caja de cambios automática
Lo que pasa es que la coña venía por lo de los calzos para los camiones, por eso no he puesto nada de obligación de dejar puesta la marcha, que es común a todos los vehículos con cambio de ídem.
En cuanto a lo de que el coche decida imitar a Kitt y moverse por su cuenta y riesgo, peor lo pasó aquel hombre que murió atropellado por su propio coche. Hay que ir con cuidado con estas cosas, sí.
pipistrellum escribió
Parece una tonteria, pero un coche pesa muchisimo y para hacer subir un coche por una cuesta inapreciable hace falta muchisima fuerza.
con una cuesta de 6º hacen falta una fuerza de 100 kilo para mover un coche de una tonelada.
Si quieres calcularlo no tienes mas que sacar que hacer Seno(angulo cuesta)*peso del vehiculo.
Josep escribió
No, no parece una tontería, y menos cuando has tenido que hacerlo con una fragoneta. Luego me extraño de tener la espalda jodía.
Paso de calcularlo. Te creo.
euskanbria escribió
Lo más gracioso de todo es la incompatibilidad de la teórica con la práctica. Es decir; un articulado es un pesado, por lo que debería estar calzado o como mínimo, en determinadas circunstancias, dejar una velocidad engranada. Incluso en los exámenes prácticos, si el cambio de alumno se realiza en alguna cuesta el examinador puede exigir que a la hora de inmovilizar el vehículo, nos comportemos como se espera según el código. Sin embargo, dejar una marcha metida en un pesado cuando vamos a dejarlo estacionado una noche entera, algunas horas o incluso días, es de locos.
El día que vuelvas a por el camión o el autobús descubrirás que no hay aire en el circuito y el embrague es inútil: ya puedes pesar 150kg que no serás capaz de bajar el pedal. Y aunque lo consigas la falta de aire evitará que el disco se mueva. Así que no podrás meter punto muerto ni embragar el motor. Y por consecuencia, no serás capaz de arrancar el vehículo… a no ser que levantes la cabina: cosa imposible en la mayoría de modelos si no metes punto muerto y si metieras punto muerto es absurdo levantar la cabina.
Así que podemos decir que el 99,9% de los vehículos pesados que pululan por ahí ni se calzan ni se engranan en pendientes. Sólo los más nuevos, en concreto unos MAN, que poseen un compresor eléctrico que funciona sin necesidad de arrancar el camión y que produce, en breves segundos, la cantidad de aire suficiente para desengranar la velocidad y permitir al conductor arrancar el camión.
Me ha salido larguito el comentario (pa’ variar), pero así me da tiempo a ir y volver de vacaciones mientras lo leeis
Por cierto: otro día que se puede demostrar lo absurdo de nuestra normativa de circulación.
Josep escribió
Larguito, quizá. Interesante, sin duda.
pipistrellum escribió
Las marchas con un poco de maña se pueden cambiar sin pisar el embrague.
Si te encuentras en una situacion de esas que no puedes pisar el embrague, a lo mejor se podria sacar la marcha intentando poner el punto muerto mientras se da al arranque.
Es bruto pero en caso de emergencia. De todas formas no se si funcionara.
Josep escribió
pipistrellum:
piensa que euskanbria se refiere a un camión de los gordos, que él es profe especializado en pesados. En ese caso yo no jugaría con el motor de arranque y la marcha metida.
pipistrellum escribió
jeje, vale.
Me acorde de aquello de usar el motor de arranque por si se te para el coche justo en la via.
gosugon escribió
Dentro de los accesorios, herramientas y recambios, que el Código de Circulacion obliga, no están los calzos
Dentro de las obligaciones de los conductores de vehículos
de más de 3500kg .cuando se dejan inmoviizados, en vias interurbanas, en pendientes ascendentes o descendentes, es la de dejar el vehiculo debidamente calzado, o bien con una de las ruedas directrices orientada hacia el bordillo(descendente), o hacia el centro de la calzada(ascendente).
Si en carretera no hay bordillos, – para que?- y tienes que cumplir con la obligación de calzar el vehìculo, – es más seguro – el calzo se hace obligatorio,- es decir no es obligatorio – pero si es obligatorio – es decir- bueno…
me entendeis ? – ¡¡ NO!! -Yo tampoco.
gosugon escribió
En las redondas,-debidamente señalizadas – con la señal de obligación ( azul con las tres flechas girando hacia la derecha:R-402), debemos de ceder el paso a todos los vehículos que se encuentren dentro de la glorieta. -Hasta aquí, todo normal-. Cuando nos hacercamos a dichas plazas, -sobre todo si son pequeñas, los vehículos que se apróximan a ellas por nuestra izquierda, ¡ NO TIERNEN PREFERENCIA!. La preferencia es de los que están dentro y no de los que van a entrar.
Personalmente, he tenido- a veces – que ceder el paso a los que no estaban todavía dentro de la redonda- para evitar el accidente-, pués la experiencia nos enseñan- que muchos conductores confunde por ignorancia, bastantes normas y señales de tráfico.
gosugon escribió
RECTIFICACION SOBRE LA SEÑAL DE LAS GLORIENTAS(R402)
Las flechas giran hacia la izquierda.- PERDON
gosugon escribió
A veces, -las cosas se entienden mal – . Antes, el permiso de conducir de la clase -A- o B, después de u periodo de tiempo , había que renovarlo. Este tiempo dependia de varios factores, entre ellos la edad del conductor/a . Ahora, con alegria tremen, algunos creen que no caduca. Antes pasado cuatro años de la fecha de caducidad, si no te lo habias renovado, lo perdias para siempre. -Esto último a cambiado hace aproximadamente un año, es decir que puedes renovarlo pasado los cuatro años de caducidad. Pero esto no hay que confundirlo con la autorizacion de conducir – está prohibido conducir ni tan siquiera un día con el carnet fuera de plazo.
La ventaja es que no lo pierdes definitivamente como antes, castigo tremendo para aquellos que por despistadillos – poco uso – que lo retiraban definitivamente, peor que si para aquerllos conductores, que haciendo una muerte, el juez los castigaba solo con varios añosde suspension del permiso de conducir.